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ID 22300521
¿Qué datos adicionales deberán contener los comprobantes?
24/08/2017 12:00:00 a.m.

En los comprobantes electrónicos solicitados para respaldar las operaciones de venta de bienes muebles registrables a un conjunto de adquirentes, los vendedores deberán consignar en los campos que se identifican como "Grupo Compradores", los siguientes datos respecto de cada comprador:

a) Tipo de documento (CUIT/CUIL/CDI).

b) Número de documento (CUIT/CUIL/CDI).

c) Porcentaje de la titularidad del bien.

Adicionalmente, en los campos correspondientes al "Comprador / Receptor del comprobante" deberán consignarse los datos del adquirente informado con mayor porcentaje de titularidad del bien. De tener todos el mismo porcentaje o si hubiere más de un adquirente con un porcentaje superior, deberá consignarse a uno de ellos.


Fuente: Arts. 4 y 5 RG 4109/17



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