Para poder realizar la actividad de Exportación de Servicios, en cumplimiento con el marco impositivo de la República Argentina, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Solicitar la CUIT y Clave Fiscal de manera presencial ante la dependencia de AFIP o de forma digital en caso que posea DNI argentino y CUIL o CDI. Para mayor información sobe como realizar la inscripción ingrese aquí.
- Luego, deberá realizar el alta en el Monotributo o Régimen General (IVA, Ganancias y Autónomos).
- Con relación a la facturación deberá emitirse un comprobante de tipo "E" de acuerdo con lo previsto por la RG 4401/19, e ingresar las divisas provenientes de la venta al exterior, de corresponder, de acuerdo a lo establecido en el punto 2.2 "Cobro de exportaciones de servicios" de las normas de "Exterior y Cambios" del BCRA.
Por último, podrá verificar la información relativa a Derechos de exportación de servicios ingresando aquí y los sujetos obligados a inscribirse en el "Registro Especial de Exportadores de Servicios" ingresando al ID 18038599.
NOTA
Para exportar servicios, el exportador no debe inscribirse en el registro de importadores y exportadores de la DGA ya que ese tipo de exportaciones no se encuentra tipificada en el Sistema Armonizado de Designación y Decodificación de Mercancías, por lo tanto no debe confeccionarse a esos efectos documentación de exportación.