ID 21677625 ¿Cuáles son los medios para la obtención del Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) para la emisión de los comprobantes electrónicos?
18/12/2023 01:09:53 p.m.
Para confeccionar las facturas, recibos, notas de crédito y notas de débito electrónicos originales, los sujetos obligados deberán solicitar a esta Administración Federal el Código de Autorización Electrónico (C.A.E.) ingresando en www.afip.gob.ar.
Dicha solicitud podrá efectuarse mediante alguna de las siguientes opciones:
a) WebServce, cuyas especificaciones técnicas se encuentran publicadas en el micrositio de "Factura Electrónica", opción "WebService".
b) El servicio con clave fiscal nivel 3 o superior "Comprobantes en línea". Se podrá acceder a la guía paso a paso para operar el servicio aquí.
c) La aplicación para tablet o celular "Facturador Móvil". Se podrá acceder a más información ingresando aquí.
Los puntos de venta deberán ser específicos y distintos a los utilizados para documentos que se emitan mediante "Controlador Fiscal", manualmente o como Autoimpresor, y/o para otros regímenes o sistemas de facturación. En tal sentido, de resultar necesario podrá emplearse más de uno.
Fuente: Arts. 5 y 6 RG 4004/17 y Art. 7 RG 4291/19