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ID 21386667
¿Cuáles son las condiciones que deberán de cumplir los sujetos comprendidos en el régimen?
03/01/2017 12:00:00 a.m.

Los sujetos comprendidos en el régimen deberán de revestir el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado por las operaciones sujetas a reintegro, y como único documento válido para respaldar las mismas, deberán emitir electrónicamente los comprobantes:
a) Factura clase "T" (código 195).

b) Nota de débito clase "T" (código 196).

c) Nota de crédito clase "T" (código 197).

Con los datos que se indican en el Anexo I de la RG 3971/16, agrupados en la forma que allí se detallan.

Fuente: Art. 4 RG 3971/16



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