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ID 21349785
¿Cuándo se deberá presentar la información de los reintegros efectuados?
02/01/2017 12:00:00 a.m.

La información correspondiente a los reintegros efectuados en un determinado mes será suministrada hasta el día 15 del mes siguiente a aquél en que se realizó su acreditación.

Cuando el vencimiento coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.



Fuente: Art.4 RG 3970/16



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