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ID 21329295
¿Cómo deberá computar el empleador el pago de horas extras para realizar las retenciones del impuesto a las ganancias de sus empleados?
13/12/2019 12:00:00 a.m.

Cuando la determinación del ingreso neto del impuesto corresponda a horas extras obtenidas por trabajadores en relación de dependencia, las sumas resultantes de tal concepto, sin incluir los montos exentos, no se computarán a los fines de modificar la escala prevista en el artículo 94 de la Ley de impuesto a las ganancias, por lo que tales cobros tributarán aplicando la alícuota marginal correspondiente, previo a incorporar las horas extras.

Los montos exentos vinculados al pago de horas extras mencionados en el párrafo anterior, se refiere la exención sobre la diferencia entre el valor de las horas extras y el de las horas ordinarias que perciban los trabajadores en relación de dependencia por los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana.


Fuente: Arts. 26 y 94 de la Ley 20.628.



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