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ID 21210453
¿En qué caso AFIP podrá revocar la inscripción en el Registro de Empresas Proveedoras de Controladores Fiscales?
19/09/2018 12:00:00 a.m.

De comprobarse que un "Controlador Fiscal" instalado, no satisface estrictamente las condiciones de seguridad fiscal, diseño, fabricación y demás requisitos establecidos para el equipo homologado, debido a la existencia de vicios ocultos o como consecuencia de modificaciones operativas efectuadas por la empresa proveedora, de sus dependientes o de terceros por ella autorizados que ocasionen por culpa o dolo un perjuicio fiscal, la misma deberá responder de acuerdo con las obligaciones, condiciones y exigencias a las que se comprometió al inscribirse como empresa proveedora y, de corresponder, se le revocará la inscripción en el "Registro de Empresas Proveedoras de Controladores Fiscales", no pudiendo solicitar su reinscripción en éste.


Fuente: Art 25 RG 3561/13



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