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ID 21028092
Evento 3959 - Al generar una declaración jurada rectificativa que arroje un impuesto a ingresar superior a la declaración jurada original, el sistema IVA - Web F.2002 no permite declarar el monto pagado por dicha original.
21/10/2016 12:00:00 a.m.

En estos casos los saldos de la declaración jurada rectificativa reemplazan en el "Sistema de Cuentas Tributarias" a los saldos generados por la declaración con secuencia anterior.

Por lo tanto en caso de corresponder abonar diferencias, se deberá tener en cuenta que los saldos abonados oportunamente se imputan a la obligación, y los mismos no deberán ser informados en la declaración jurada rectificativa.

La diferencia resultante podrá abonarse mediante la generación de un volante electrónico de pago. Para conocer como generar el mismo, ingrese aquí.


Fuente: CIT AFIP



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