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ID 20796553
Evento 3941 - Un productor agropecuario que posee declarados domicilios de producción agrícola y ganaderos en SENASA, domicilios legal y comercial en AFIP. ¿Cuáles deben declararse en el RFOCB?
04/01/2019 12:00:00 a.m.

Se deben declarar aquellos en los que se realiza la actividad pecuaria.

El menú inicial permite visualizar todos los domicilios consignados ante el SENASA. Si alguno de los mismos se refiere a la explotación que se desea incorporar al Registro Fiscal, el procedimiento es el siguiente:

- Se debe ingresar con clave fiscal al servicio "Sistema Registral".

- Se da de alta el domicilio correspondiente como domicilio "Establecimiento agropecuario". Para conocer los pasos ingrese aquí.

- Se ingresa nuevamente al servicio con clave fiscal "Registros Fiscales de Operadores de la Cadena Cárnica", donde esta vez se verá el domicilio aludido dentro de los domicilios disponibles para seleccionar.

- Se selecciona el nuevo domicilio y se prosigue con en trámite normal de registración.

Para mayor información, podrá conocer el micrositio ingresando aquí.


Fuente: CIT AFIP



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