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ID 20157265
¿Cuándo se acreditará el reintegro de los primeros tres meses del beneficio?
21/07/2016 12:00:00 a.m.

En el primer mes, aquellos sujetos que perciban jubilaciones y pensiones por fallecimiento en una suma mensual que no exceda el haber mínimo garantizados por ANSES, se les acreditará por cada una de las dos primeras transacciones una suma fija de $ 150, en la medida que la magnitud del reintegro (15%) resulte inferior y en tanto no se supere el monto máximo de $300.

Durante el segundo y el tercer mes, dicha suma fija se reducirá a $ 75 por cada una de las cuatro primeras transacciones realizadas y a $ 50 por cada una de las seis primeras transacciones realizadas, respectivamente.

Es decir, que será de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • Suma fija de $150 por cada una de las dos primeras transacciones realizadas durante el mes de julio de 2016: hasta el quinto día hábil del mes de agosto de 2016, inclusive.

  • Suma fija de $75 por cada una de las cuatro primeras transacciones realizadas durante el mes de agosto de 2016: hasta el quinto día hábil del mes de septiembre de 2016, inclusive.

  • Suma fija de $50 por cada una de las seis primeras transacciones realizadas durante el mes de septiembre de 2016: hasta el quinto día hábil del mes de octubre de 2016, inclusive.

Se podrá acceder a más información ingresando aquí.


Fuente: Art. 16 Ley 27.253 y Art. 13 RG 3906/16



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