ID 20058913 ¿Cuándo no se producirá la liberación de las garantías constituidas?
02/06/2016 12:00:00 a.m.
No se producirá la liberación de la garantía cuando se verifique alguna de las siguientes circunstancias:
1)
El contribuyente se encontrara suspendido en el Registro Especial
2)Se hubiere notificado al contribuyente y al garante la apertura de un procedimiento en el cual se reclamen tributos y/ó accesorios por hechos cubiertos total o parcialmente por la referida garantía.
La liberación se concederá una vez regularizada la deuda o incumplimiento que motivara la suspensión o la notificación efectuada.