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ID 19126618
Respecto a la aplicación del beneficio, ¿cuál es el procedimiento a seguir en caso de contratar hasta siete empleados?
16/04/2015 12:00:00 a.m.

Los empleadores que incorporen nuevos trabajadores hasta el séptimo inclusive, que pueden optar por los beneficios establecidos en el Capítulo II del Título II de acuerdo con lo previsto en el punto 2. de la reglamentación del Artículo 18 de la Ley 26.940, al vencimiento del beneficio de puesto nuevo podrán encuadrar a sus nuevos trabajadores, hasta el quinto inclusive, en el régimen permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores, previsto en el Capítulo l del Título II de dicha ley, en tanto continúen cumpliendo con el monto de facturación anual vigente en ese momento y en tanto no superen la nómina de 7 empleados en total.


Fuente: Art. 7 RG 3763/15



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