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ID 18923767
¿Cuál será el procedimiento a seguir en el caso de haber efectuado retenciones y/o percepciones en exceso?
09/01/2023 10:37:25 a.m.


Los agentes de retención y/o percepción se acreditarán los importes correspondientes a los pagos que hubieran efectuado en concepto de devoluciones por retenciones y/o percepciones en exceso. Dichos importes serán compensados por el sistema con otras obligaciones del mismo impuesto.

 


Fuente: Art. 6 RG 3726/15



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