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ID 18911473
¿Cuál es el plazo para la presentación de la declaración jurada?
09/01/2023 10:22:28 a.m.


De acuerdo al tipo de obligación que se trate, operarán los siguientes plazos de presentación.


1. De tratarse del formulario de declaración jurada F. 997 (Impositiva): hasta el día del mes inmediato siguiente que fije el cronograma de vencimientos establecido para cada año calendario respecto de los pagos a cuenta de los regímenes contemplados en la RG 2233/07.


2. De tratarse del formulario de declaración jurada F. 996 (Seguridad Social): hasta el día del mes inmediato siguiente que se fija a continuación:



Terminación CUIT

Día

0, 1, 2 y 3

4

4, 5 y 6

5

7, 8 y 9

6


Cuando alguna de las fechas de vencimiento indicadas en los incisos precedentes coincida con día feriado o inhábil, la misma, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes.

Lo previsto en el primer párrafo, sustituye a las disposiciones establecidas respecto de los períodos y fechas de vencimiento fijadas para el ingreso de las retenciones y/o percepciones de los regímenes con destino a los recursos de la seguridad social.


Los pagos realizados se considerarán ingresos a cuenta de los importes que se determinen por cada período mensual.

 


Fuente: Art. 2 RG 3726/15



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