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ID 18909424
¿Cómo se determina la obligación y envían las declaraciones juradas?
09/01/2023 10:22:45 a.m.


La determinación de la obligación tributaria y el envío de las declaraciones juradas F. 996 (Seguridad Social) y F. 997 (Impositiva) -según corresponda- deberán generarse ingresando desde www.afip.gob.ar al servicio con clave fiscal "Mis Aplicaciones WEB".

Asimismo, las modificaciones realizadas en los certificados emitidos luego del envío de la declaración jurada, o la incorporación de nuevos registros de períodos ya presentados, deberán incluirse en una declaración jurada rectificativa. A tal fin, una vez efectuadas las mencionadas modificaciones, los agentes de retención y/o percepción, presentarán nuevamente la declaración jurada de cada período modificado, generando así una nueva secuencia.

 


Fuente: Art. 4 RG 3726/15



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