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ID 18827464
El personal que se encuentra comprendido dentro de los términos de un Convenio de Corresponsabilidad Gremial, sea que se trate de personal contratado bajo esa modalidad o de personal permanente de la empresa que durante el período de cosecha o recolección es encuadrado en dicho régimen, ¿debe ser computado en la nómina a los fines de determinar la condición de empleador comprendido en la Ley 26.940?
04/02/2015 12:00:00 a.m.

El personal referido es dependiente de la empresa, por lo que integra la respectiva nómina y debe ser considerado a los fines de establecer la plantilla del empleador a efectos de evaluar la pertinencia de los regímenes de la Ley 26.940.


Fuente: Arts. 18 y 24 Ley 26.940



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