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ID 18466840
Soy Microempleador, en caso de haber realizado despidos sin causa justificada dos meses antes de la entrada en vigencia de Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral, ¿pierdo los beneficios de la ley? En ese caso, ¿por cuanto tiempo?
04/06/2014 12:00:00 a.m.

Sí, pierde los beneficios por haber producido despidos sin causa justificada en el transcurso de los 6 meses anteriores a la entrada en vigencia de la Ley 26.940, quedando excluido del régimen de microempleadores, por el término de un 1 año a contar desde la fecha de esa vigencia.


Fuente: Art. 48 Ley 26.940



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