ID 18331606 Evento 3575 - ¿Qué importe deberá ser informado en el campo "Crédito hipotecario del Sujeto" en caso de existir más de un titular del crédito?
18/06/2019 12:00:00 a.m.
El importe correspondiente a los créditos deducibles para la valuación de inmuebles y mejoras, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley 23.966, deberá consignarse en el campo "Crédito hipotecario del Sujeto".
Cuando el inmueble destinado a "Casa habitación" tenga más de un titular, el importe a deducir corresponderá al monto adeudado por cada contribuyente, independientemente del porcentaje de participación en la titularidad del bien.
Fuente: Art. 22 Ley 23.966 y Art. 15 Decreto 127/96