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ID 18124657
Evento 3584 - ¿Cómo se efectuará la registración en el caso de mermas o pérdidas?
26/03/2014 12:00:00 a.m.

En el caso de mermas, pérdidas o correcciones en la registración, la información se ingresará bajo la opción de "Ajuste".

Aclaración: Transcurridos los plazos previstos para registrar la existencia inicial al 01/04/2014 o las existencias del día de inicio de actividades (en caso de iniciar actividades con posterioridad al 01/04/2014), toda modificación de los datos ingresados al sistema informativo, deberá solicitarse presentando una Multinota - F. 206/M- en la dependencia de este Organismo en la que el contribuyente se encuentre inscripto.

Para conocer los plazos de Registración, podrá consultar el ID 18098020.


Fuente: CIT AFIP



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