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ID 18110314
Evento 3578 - En caso de inoperatividad del sistema, ¿cuál será el procedimiento a seguir?
26/03/2014 12:00:00 a.m.

En el caso de inoperatividad de los sistemas de esta Administración Federal, los procedimientos que no pudieran ser efectuados, deberán realizarse dentro de las 24 horas inmediatas siguientes al restablecimiento de los mismos.


Fuente: Art. 14 RG 3593/14



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