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ID 18026305
Evento 3569 - ¿Cómo deberán proceder las prestadoras de servicios públicos, en caso de necesitar anular o corregir un comprobante de Liquidación Electrónica de Servicios Públicos?
21/02/2014 12:00:00 a.m.

El régimen de la RG 3571 Capitulo B, que alcanza a las prestadoras de servicios públicos, prevé un nuevo comprobante y un nuevo procedimiento para su implementación electrónica, distintos a los ya establecidos por la RG 2485, sus modificatorias y complementarias.

Las nuevas Liquidaciones Electrónicas de Servicios Públicos podrán contener valores negativos, inclusive en lo referente al Importe Total del Comprobante.

Por lo tanto, no es procedente la Nota de Crédito y podrá emitir una nueva Liquidación, para el mismo período de servicio prestado que requiera anular o corregir.


Fuente: CIT AFIP



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