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ID 17845993
¿Cómo se debe proceder en caso de extravío, sustracción o destrucción del Controlador Fiscal?
01/04/2014 12:00:00 a.m.

En caso de extravío, sustracción o destrucción del "controlador fiscal" homologado, informar tal circunstancia mediante el Libro Único de Registro electrónico a este Organismo adjuntando al Libro Único de Registro físico la denuncia policial correspondiente dentro de las 48 horas de efectuada la misma.

El plazo establecido para llevar a cabo la denuncia ante la autoridad policial no podrá exceder de las cuarenta y ocho 48 horas corridas de verificado el hecho.

La denuncia, deberá contener como mínimo los siguientes datos, independientemente de aquellos que sean requeridos por la autoridad policial o que aporte el denunciante:

- Número de código o registro.

- Marca.

- Modelo.

- Número de serie.

- Apellido y nombres, razón social o denominación, del titular.

- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del titular.


Fuente: Anexo III Capítulo A RG 3561/13



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