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ID 17747641
Evento 3539 - ¿Quiénes deberán usar obligatoriamente el comprobante "Liquidación de Servicios Públicos"?
27/12/2013 12:00:00 a.m.

Deberán usar obligatoriamente el comprobante "Liquidación de Servicios Públicos", los prestadores de servicios públicos de gas natural, energía eléctrica, provisión de agua potable y desagües cloacales, cualquiera fueren los destinatarios de dicha prestación y las condiciones de pago de la misma, para respaldar las prestaciones realizadas en el mercado interno.


Fuente: Art. 8 y 9 RG 3571



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