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ID 17745592
¿Cuándo entran en vigencia las disposiciones de la RG 3571 respecto del capítulo B?
02/11/2023 03:55:34 p.m.


Las disposiciones de esta resolución general resultarán de aplicación respecto del capítulo B, para los comprobantes que se emitan a partir del día 1 de abril de 2014, inclusive, pudiendo los sujetos obligados optar por adherir al régimen a partir del día 1 de marzo de 2014, inclusive, fecha en que esta Administración Federal habilitará los servicios informáticos respectivos.



Fuente: Art. 22 RG 3571



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