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ID 16886465
¿En qué momento se debe presentar el formulario 572 "web" para informar las deducciones?
25/02/2025 02:36:10 p.m.



La
presentación del 
formulario
F.572 no contempla un límite de
presentaciones por periodo fiscal, es decir, se podrán presentar las
rectificativas necesarias, de todas maneras deberá tener en cuenta
las siguientes instancias:



a)
Al inicio de una relación laboral y, en su caso, cuando se
modifiquen los respectivos datos, se deberá cargar en el formulario:




  • Datos
    personales: Apellido y nombres, y domicilio.



  • Apellido
    y nombres o denominación o razón social y Clave Única de
    Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de su/s empleador/es,
    identificando al designado como agente de retención de acuerdo con
    lo establecido en el Artículo 3º.



  • El
    detalle de las personas a su cargo, indicando -cuando corresponda-
    que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones
    Familiares.




Ingrese
a más información sobre las cargas de familia en el
 Micrositio
- cargas de familia
 y
sobre la deducción personal a la que corresponde en
 Deducciones
Personales



b)
Mensualmente:




  • Cuando
    se trate de pluriempleo deberá cargar el importe bruto de las
    remuneraciones y sus respectivas deducciones correspondientes al mes
    anterior del mismo año fiscal, incluyendo por separado aquellas
    retribuciones que correspondan conforme a lo dispuesto en el
    Apartado B del Anexo II y las cuotas del aguinaldo (SAC)



  • Cuando
    deba informar los conceptos e importes de las deducciones generales
    a las que podrá acceder en el
     Micrositio
    - deducciones generales




De
todas formas, la transferencia electrónica de los datos contenidos
en el 
formulario
de declaración jurada
F.572
SiRADIG
 "Web", es
decir la presentación del SIRADIG, correspondientes a cada período
fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de marzo, inclusive, del año
inmediato siguiente al que se declara.



Encuentre
más información en el
 Micrositio
– SIRADIG
.



Además
es posible consultar los manuales
de SiRADIG.



Fuente: Art. 11 RG 4003/17



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