AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 16757655
Mediante el Decreto 125 de 2013 (B.O. 06/02/2013) se establece la prórroga del plazo indicado en el artículo 23 de la Ley 26.476. En tal sentido, aquellos empleadores que hubieren dado de alta trabajadores entre el 1 de enero de 2013 y la fecha de publicación del Decreto mencionado sin hacer uso del beneficio de reducción de contribuciones, ¿podrán modificar las altas en Mi Simplificación II consignando los códigos de modalidad de contratación correspondientes al régimen y rectificar, de corresponder, la correspondiente declaración jurada?
07/02/2013 12:00:00 a.m.

Sí, de corresponder el contribuyente deberá modificar la modalidad de contratación en Mi Simplificación II y en caso de haber presentado la Declaración Jurada F. 931 del mes de Enero de 2013, deberá rectificarla.


Fuente: CIT AFIP



Novedades