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ID 16460221
¿Cómo debo proceder ante la inoperatividad del sistema?
26/12/2012 12:00:00 a.m.

En el caso de inoperatividad del sistema se deberá emitir y entregar el comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las RG 3561/13, RG 100/98 y RG 1415/03.

Cuando se presente la situación indicada en el párrafo precedente, para el caso de emisión de los Comprobantes de Compra de Bienes Usados No Registrables a Consumidores Finales, deberán solicitar los Códigos de Autorización de Impresión (C.A.I.) de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 17 de la RG 100/98.


Fuente: Art. 78 RG 3411/12



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