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ID 16247099
Evento 3275 - Cuando se trate de sujetos que confeccionen sus estados financieros aplicando las NIIF, y considerando que en el F. 713 de DDJJ del Impuesto a las Ganancias se consigna el total del activo, pasivo y patrimonio neto contable (Rubro 1 incisos a), b) y c)) y el resultado del ejercicio contable (Rubro 2 inciso a)) y que en el formulario 760/C el contador certificante informa que dichos importes surgen del Balance transcripto al Libro Inventario y Balances (cfr. Punto IV del formulario), ¿deberá consignarse en el F. 713 los importes el activo, pasivo, patrimonio neto y resultados que surjan de los estados financieros confeccionados de acuerdo a NIIF?
20/05/2013 12:00:00 a.m.

A partir de la vigencia del aplicativo "Ganancias Personas Jurídicas Versión 12.0", corresponderá cargar en el formulario 713 y en el formulario 760/C, la información de los Estados Financieros confeccionados mediante la aplicación de NIIF, y posteriormente se ajustará el resultado contable mediante la utilización del campo "ajustes NIIF".

De esta manera la materia impositiva será determinada partiendo del resultado contable determinado sin contemplar la RT 26 FACPCE y su modificatoria, al que se le computarán posteriormente, los ajustes dispuestos por la Ley del Impuesto a fin de arribar al resultado impositivo.

Asimismo, para dar cumplimiento a la RG 3363/12 se confeccionarán los elementos del artículo 2, los que se adjuntarán en soporte magnético formato .pdf, de acuerdo a la RG 3077/11, y se mencionaran en el formulario 760/C, en el rubro "g) otros".


Fuente: CIT AFIP



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