27/05/2016 12:00:00 a.m.
Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos Generales:
- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.
- No encontrarse en estado de falencia.
- No encontrarse concursado.
- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".
- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).
- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)
- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)
- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)
Requisitos particulares:
- Aprobación de la habilitación. (1)
- Declaración jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Artículo 94, Apartado 1, inciso d) del Código Aduanero. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables.
- Garantía en seguridad de la operatoria: importe mínimo de U$S 1.000.000. Dicho monto será actualizado por este Organismo en función de la operatoria anual del PESE.
- Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables.
Aclaración: (1) La Subdirección General de Control Aduanero será el área encargada de validar en el Sistema Registral el requisito de aprobación de la habilitación del prestador.