28/12/2012 12:00:00 a.m.
Se deberá informar respecto de cada mes calendario:
1. Resumen de operaciones y monto neto atribuible a las mismas, discriminando las que correspondan a compras y a ventas, indicando la modalidad de retribución (comisión o por diferencial de precios). Asimismo, se deberán identificar aquellas originadas por la realización de operaciones de "trading" y de derivados financieros.
A tales fines se considerarán:
1.1. Operaciones de "trading", aquellas que comprendan la compra y la venta -ambas operaciones, en ese orden o en el sentido opuesto-, por parte de un mismo comitente o cliente, de la misma cantidad de títulos de una especie y con idénticas fechas de concertación y liquidación.
1.2. Operaciones de "derivados financieros" las referidas a contratos de futuros y opciones negociadas en ámbitos bursátiles y extrabursátiles. Se entiende asimismo que las operaciones con opciones alcanzan tanto a la negociación de las primas como a una eventual transferencia del activo subyacente.
2. Monto neto del total de las operaciones efectuadas por cada titular, durante el transcurso de cada mes calendario que se informa. A tal fin deberá considerarse la fecha de liquidación de la operación y los siguientes datos de los titulares de las operaciones, así como de las compras y ventas por ellos efectuadas, según se indica a continuación:
2.1. Apellidos y nombres completos, razón social o denominación.
2.2. Domicilio constituido, completo (calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, código de provincia y código postal).
2.3. De tratarse de titulares inscriptos ante esta Administración Federal: Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
2.4. Cuando se trate de personas no inscriptas ante esta Administración Federal: Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.), de corresponder.
Además, de tratarse de sujetos no residentes, según la normativa del impuesto a las ganancias:
2.4.1. En el caso de personas físicas:
- Apellido y nombres.
- Documento de identidad/Pasaporte.
- Domicilio actual del exterior.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Número de identificación tributaria en el país de residencia (NIF).
- Residencia tributaria.
2.4.2. En el caso de personas jurídicas y otras entidades:
- Razón social o denominación.
- Tipo de entidad.
- Domicilio actual del exterior.
- Lugar y fecha de constitución.
- Número de identificación tributaria en el país de residencia (NIF).
- Residencia fiscal tributaria.
2.5. Los importes netos totales de las operaciones efectuadas por los titulares de las mismas, durante el período que se informa, discriminando -por cuenta comitente- los montos que correspondan a compras y a ventas, indicando la modalidad de retribución (comisión o por diferencial de precios) e identificando aquellas transacciones que correspondan a operaciones de "trading" y de derivados financieros.
3. En el caso de operaciones con títulos valores públicos y privados liquidados en moneda extranjera, el agente de información deberá efectuar la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, teniendo en cuenta el tipo de cambio comprador, conforme a la última cotización que para la moneda de que se trate fije el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al día de la liquidación.