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ID 15598365
Evento 3060 - Un contribuyente Monotributista queda excluido del Régimen Simplificado, debiendo pasar al Régimen General a partir de la operación con la cual supera los importes máximos para estar encuadrado como monotributista, inclusive. Al momento de querer darse de alta en el IVA por ese mes para poder facturar las operaciones restantes, no comprendidas en el Monotributo, el sistema no lo permite ya que el contribuyente no puede tener las dos condiciones (Monotributista e Inscripto en IVA) en el mismo mes. ¿Cómo se resuelve?
25/07/2012 12:00:00 a.m.

El contribuyente deberá tramitar por Internet la baja del Régimen Simplificado con motivo de su exclusión y posteriormente darse de alta en IVA y en el Impuesto a las Ganancias, de corresponder. A los efectos del alta en el IVA, corresponderá informar la misma desde el mes en que ocurrió la exclusión y a los fines de la correcta registración sistémica deberá, por el momento, darse de baja por Internet en el Régimen Simplificado a partir del periodo anterior a la exclusión.


Fuente: Grupo Enlace FACPCE/FAGCE/ CGCE- AFIP



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