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ID 15490633
¿Cómo se debe realizar el CETA en caso de una sociedad conyugal, cuando en el título de propiedad del vehículo figura el 100% a nombre de uno de los cónyuges?
18/01/2022 05:15:00 p.m.



El CETA deberá ser generado por el sujeto que aparece en el título de propiedad automotor indicando 100% en "porcentaje de su titularidad" y en "porcentaje de venta del bien transferido". En el mencionado caso, el cónyuge que no figure en el título no figurará en el CETA.




Fuente: CIT AFIP



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