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ID 15265801
¿Qué deberá abonar la parte empleadora?
04/10/2022 04:09:12 p.m.







La parte empleadora tendrá que abonar: 

- El sueldo del personal según la categoría que le corresponde. 

  Podrá acceder a los montos de las remuneraciones aquí

- Aportes y contribuciones mensuales según las horas que trabaja, más la A.R.T. Podrá acceder a las categorías aquí.

 







Fuente: Art. 2 RG 4180/17 y Resol. Conj. (SRT/SSN) 2/2019



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