Este bloqueo se refiere a la falta de negociación de divisas.
La DGA levantará este bloqueo una vez que el Banco Central de la República Argentina informe que el exportador ha ingresado las mismas.
NOTA: Se eliminará el bloqueo para el pago de los beneficios a la exportación NDRR, para aquellas destinaciones de exportación en trámite de pago a la fecha de entrada en vigencia de la RG 4212/18 (12/03/18) independientemente de cuándo se haya realizado la oficialización de las mismas.