ID 1453536 Evento 330 - ¿CÓMO SE INGRESA LA PERCEPCIÓN DEL 10.5% DE UN SUJETO NO CATEGORIZADO?
01/01/2006 12:00:00 a.m.
Se ingresa mediante el SICORE. Tenga en cuenta lo que establece el art. 8 de la RG 2233/07, modificado por el art. 2 de la RG 2271/07:
Aquellos responsables pasibles de retenciones y/o percepciones que no posean Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o, en su caso, Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.), deberán solicitar la Clave de Identificación (C.D.I.) en la dependencia de este Organismo que corresponda a la jurisdicción de su domicilio, a los fines que los agentes de retención informen las mismas con dicha clave, excepto de tratarse de sujetos comprendidos en las disposiciones de la RGl Nº 2126, en cuyo caso los agentes de retención deberán consignar como Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) 23-00000000-0.