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ID 1453228
Evento 1336 - ¿DEBEN INCLUIRSE SÓLO LOS PAGOS EN ARGENTINA O TAMBIÉN ALCANZA A PAGOS A SUJETOS DEL EXTERIOR?
01/01/2006 12:00:00 a.m.

Según lo establecido en la Nota Externa 07/2005, los pagos que se efectúen en el país a sujetos del exterior, entre otros, se encuentran comprendidos en sus disposiciones.


Fuente: CIT AFIP



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