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ID 1452868
Evento 1163 - CBU A INFORMAR POR EL DONATARIO CUANDO SE TRATA DE UNA DONACIÓN RECIBIDA.
01/01/2006 12:00:00 a.m.

Cuando el donatario está informando las donaciones recibidas en efectivo, debe informar siempre la CBU correspondiente al donante. De no existir, se podrá informar la del donatario. Cuando el informante es el donante (es decir, en el caso de donaciones efectuadas), la situación está comprendida en la RG 2681/09, art. 32, que especifica lo siguiente:

Las donaciones en dinero se efectuarán observando las siguientes condiciones:

a) Deberán realizarse mediante depósito bancario a nombre de los donatarios.

b) Cuando las donaciones se efectúen por intermedio del empleador, éste además queda obligado a:

1. Efectuar depósitos individuales por cada empleado donante y,

2. Entregarle a cada uno, dentro de los DIEZ (10) días de efectuado el depósito, fotocopias de las boletas de depósito de las donaciones realizadas, certificadas por los donatarios, quienes dejarán constancia en ellas de los siguientes datos del donante:

Apellido y nombres. - Domicilio fiscal. - Número del Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.).


Fuente: CIT AFIP



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