ID 1452192 Evento 917 - IMPUESTOS ANÁLOGOS PAGADOS EN EL EXTERIOR.
01/07/2016 12:00:00 a.m.
Los sujetos de este impuesto podrán computar como pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas en el exterior por gravámenes similares al presente que consideren como base imponible el patrimonio o los bienes en forma global.
Este crédito sólo podrá computarse hasta el incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior.