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ID 1452186
Evento 680 - ¿CÓMO SE DESCUENTA EL 5 % DE BIENES DEL HOGAR CUANDO CORRESPONDE INGRESARLO POR EL ART. 26 DE LA LEY?
01/07/2016 12:00:00 a.m.

El aplicativo solicita como obligatorio el cómputo del 5 % de Bienes del Hogar en los casos en que se declare la marca en el campo Presunción Art. 26.

De no haber indicado tal presunción, el sistema no obliga a computar ni los bienes del hogar ni el mínimo no imponible.

A su vez es de destacar que la presunción del cinco por ciento (5%) indicada en el artículo 22 inciso g) de la Ley de impuestos sobre los bienes personales, es aplicable, solo para las personas físicas y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, no resultando procedente para sujetos residentes en el exterior, excepto que se trate de las presunciones legales establecidas en el artículo 26 de la Ley del gravamen.


Fuente: CIT AFIP



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