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ID 13895731
Evento 2789 - ¿En qué casos procede la exclusión del régimen?
10/08/2018 12:00:00 a.m.

Los responsables quedarán excluidos del mismo, cuando se detecten anomalías o falsedad en lo declarado al momento de realizar la adhesión o por incumplimientos respecto de la obligación de información.

La exclusión, implicará la obligación de la emisión de comprobantes electrónicos mediante la utilización del Código de Autorización Electrónico "C.A.E.", de acuerdo con lo establecido por el artículo 27 y normas concordantes, de la RG 4291/18.

La exclusión de responsables que formen parte de un grupo de empresas, tendrá efectos para todos los responsables que posean CUIT asociadas y adheridas al procedimiento especial como grupo de empresas.


Fuente: Art. 5 y 6 RG 2926/10



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