ID 13780973 Evento 2728 - ¿Debo empadronarme en el régimen de factura electrónica?
03/02/2016 12:00:00 a.m.
Los sujetos que hayan sido notificados deberán informar a esta Administración Federal hasta el día anterior a la fecha indicada en la notificación, el período mensual a partir del cual comenzarán a emitir los comprobantes electrónicos originales que respalden las operaciones realizadas. Dicho período mensual deberá coincidir con el mes a que se refiere la fecha notificada o ser anterior al mismo.
La comunicación se realizará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio "web" de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), seleccionando la opción "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)". A tal efecto se deberá utilizar la respectiva "Clave Fiscal" obtenida de acuerdo con lo establecido por la RG 3713/15.
La incorporación en el régimen será publicada en el sitio web institucional (http://www.afip.gob.ar).