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ID 134899
¿Cómo se debe facturar en el caso de locaciones de bienes cuyo dominio pertenezca a más de un titular?
10/10/2005 12:00:00 a.m.

De tratarse de condominio, la factura o el recibo podrá ser emitido a nombre de alguno de los condóminos, quien deberá ser siempre el mismo, correspondiendo además indicar en ese documento el apellido y nombre o denominación, y la C.U.I.T. de los restantes condóminos. En caso de condominio de los bienes cuya locación se encuentre gravada por el impuesto al valor agregado, la factura deberá ser emitida a nombre de éste, correspondiendo además indicar en dicho comprobante su C.U.I.T.


Fuente: Anexo IV RG 1415/03



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