Los beneficiarios del régimen de incentivo, así como sus proveedores, solicitarán vía "Internet" la autorización de emisión de los comprobantes electrónicos mediante los procedimientos que se indican a continuación:
a) Operaciones de ventas en el mercado interno
1. El intercambio de información basado en "servicio web",
2. El servicio denominado "Comprobantes en línea", no resultando de aplicación en este caso, limitación alguna a la cantidad de comprobantes a emitir.
b) Operaciones de exportación
1. El intercambio de información basado en "servicio web",
2. El servicio denominado "Comprobantes en línea",
3. El servicio denominado "Facturador Plus", mediante el cual se podrán importar hasta 50 registros por envío/lote desde un archivo externo.