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ID 1210993
¿Existe algún plazo para poder hacer uso de la opción de venta y reemplazo?
19/12/2019 12:00:00 a.m.

La opción para afectar el beneficio al costo del nuevo bien sólo procederá cuando ambas operaciones - venta y reemplazo - se efectúen dentro del término de 1 año, incluso cuando la adquisición se produzca con anterioridad a la fecha en que se vende el bien a reemplazar.

Dicha opción será también aplicable cuando el bien reemplazado sea un inmueble afectado a la explotación como bien de uso o afectado a locación o arrendamiento o a cesiones onerosas de usufructo, uso, habitación, anticresis, superficie u otros derechos reales, siempre que tal destino tuviera, como mínimo, una antigüedad de dos (2) años al momento de la enajenación y en la medida en que el importe obtenido en la enajenación se reinvierta en el bien de reemplazo o en otros bienes de uso afectados a cualquiera de los destinos mencionados precedentemente, incluso si se tratara de terrenos o campos.


Fuente: Art. 71 Ley 20.628



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