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ID 11417895
¿Puede solicitar el exportador el reintegro del Draw - Back anticipadamente?
02/12/2009 12:00:00 a.m.

Con sujeción al régimen de garantía previsto en el Artículo 453, Inc. k), el exportador que hubiere solicitado la destinación de exportación para consumo e ingresare la mercadería a depósito aduanero habilitado, podrá percibir anticipadamente los importes que le correspondieren en concepto de Draw - Back.


Fuente: Art. 823 inc. k) Art 453 Ley 22415



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