ID 11136855 Un contribuyente jubilado según la Ley 24.241 o por un beneficio otorgado por leyes provinciales con posterioridad al 15 de julio de 1994, ¿puede ser monotributista?
14/05/2024 03:31:26 p.m.
Sí puede y en tal caso, la cuota mensual del Monotributo es distinta porque:
·NO DEBE ingresar del aporte a la obra social.
·SI DEBE ingresar el impuesto integrado y el aporte jubilatorio (cotizaciones previsionales fijas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino -SIPA-) correspondiente a la categoría A.