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ID 10965889
¿Qué condiciones debe cumplir la "FACTURA-PERMISO DE EXPORTACION SIMPLIFICADA - DECRETO Nº 855/97"?
04/11/2009 12:00:00 a.m.

Debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Identificación en el encabezado con la leyenda "FACTURA-PERMISO DE EXPORTACION SIMPLIFICADA-DECRETO Nº 855/97".

- Datos del emisor preimpresos: Nombre y Apellido o razón social, Domicilio, CUIT, número de inscripción del impuesto sobre los ingresos brutos o condición de no contribuyente, fecha de inicio de actividades y La leyenda "IVA RESPONSABLE INSCRITO" o "RESPONSABLE MONOTRIBUTO".

- Fecha de emisión

- Punto de venta distinto a los utilizados en el mercado interno. Los códigos asignados deberán ser informados a este Organismo mediante el formulario de declaración jurada Nº 446/B, bajo la leyenda "Operaciones de exportación - Decreto Nº 855/97", seguida de la identificación de la Aduana de salida.

- Firma del responsable de la empresa, aclarando apellido y nombres y carácter que inviste, que deberá consignarse luego del detalle de la mercadería en el campo previsto para su descripción.

- Datos del comprador: Nombre y Apellido o razón social, domicilio de residencia con la aduana de salida, documento de identidad emitido por el país de residencia tipo y número de tratarse de persona física.

- De corresponder, datos identificatorios de la persona que, en nombre del comprador presentará ante las autoridades aduaneras la mercadería que se exporta.

- Identificación del bien vendido indicando en forma detallada, a los fines del control de la aduana: cantidad; unidad de medida; descripción de la mercadería consignando, según corresponda: especie, calidad, marca, número de serie, etc.; precios unitarios y totales FOB, FOR o FOT, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto siguiente y todo otro concepto que incida cuantitativamente en el importe total de la operación (Los importes no deberán contener el impuesto al valor agregado).

- Respecto de la impresión de las facturas: nombres y apellido o razón social y CUIT de quien efectúo la impresión del comprobante, fecha en que se realizo la misma, el primero y el último de los números de las facturas que comprende la impresión efectuada y numero de habilitación del establecimiento impresor otorgado por el organismo competente.

- Deben declarar, con carácter de Declaración Jurada que la mercadería es de origen nacional, nueva y sin uso


Fuente: Art. 7 RG 26/97 y Art. 4 RG 166/98



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