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ID 10930759
¿Cómo se verifica el domicilio declarado?
27/10/2017 12:00:00 a.m.

En los casos de modificación de domicilio, y a los efectos de la verificación del nuevo domicilio fiscal, así como de tratarse del domicilio opcional Grandes Contribuyentes Nacionales, esta Administración Federal entregará en el mismo, a través de correo o permisionario postal una notificación conteniendo un "código de confirmación del domicilio", previéndose 2 visitas en diferentes días.

Los contribuyentes y responsables deberán ingresar con carácter obligatorio al servicio "Sistema Registral" menú "Registro Tributario" opción "Domicilio" -, a los fines de confirmar el alta del domicilio en los registros del Organismo, el que revestirá el carácter de "Confirmado".

En el caso que el responsable no ingrese el mencionado código en el lapso de 30 días corridos contados a partir de la fecha de la modificación del domicilio, esta Administración Federal registrará el domicilio con estado "Archivado", con las mismas consecuencias que el domicilio "Inexistente".


Fuente: Art.29 RG 2109/06



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