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ID 10874551
¿Cuáles son las obligaciones de los agentes de retención y/o percepción y los donantes?
21/08/2018 12:00:00 a.m.

Deberán verificar, a través de la consulta "CERTIFICADO DE EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS", cada vez que efectúen una operación con alguna de las entidades exentas, el estado de la solicitud o la vigencia del certificado de exención de dichas entidades e imprimir y archivar en una carpeta destinada al efecto, el reporte de la consulta formulada, ordenada cronológica y alfabéticamente -por denominación de la entidad-, la que deberá encontrarse a disposición del personal fiscalizador. La referida impresión acreditará, cuando corresponda, el beneficio de deducción en el impuesto a las ganancias del importe de las donaciones efectuadas, así como la improcedencia de la retención y/o percepción.

En el caso de las entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras N° 21.526, la verificación deberá ser efectuada:

a) En oportunidad de la recepción de la nota a la que se refiere el Artículo 34 de la Resolución General N° 2.111, y cuyo modelo consta en el Anexo VI de la misma, y

b) El primer día hábil de cada mes calendario.


Fuente: Art. 28 RG 2681/09



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