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ID 10865183
¿Cuáles son las presentaciones que deben realizar las entidades exentas?
19/01/2018 12:00:00 a.m.

Las entidades con certificados de exención vigentes deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias, el informe para fines fiscales y los estados contables.

Cuando por las características de la entidad se la hubiera eximido de llevar un sistema contable que les permita confeccionar estados contables, se deberá presentar un informe con el detalle de los recursos y gastos incurridos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de solicitud del certificado. Este debe estar suscripto por el órgano superior o de administración correspondiente, de acuerdo con el modelo obrante en el Anexo V y debe ser presentado mediante el servicio con clave fiscal "Presentación Única de Balances - (PUB)".

El plazo de presentación será el previsto en el artículo 6 de la RG 3077/11.


Fuente: Arts. 3 y 26 RG 2681/09



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